10 de octubre: Reformas en el poder estatal

Cuba vive cambios reales y perentorios en la organización del poder estatal. Quizás, el próximo 10 de octubre, cuando se restaure el cargo de Presidente de República, y la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y el Consejo de Estado posean una única presidencia, los cubanos seamos más conscientes de ello.

“Se está produciendo una reforma del Estado, tanto en la organización del poder central, como también de lo local, con una redistribución y diferenciación de funciones a todos los niveles de la división político-administrativa”, escribió la Doctora en Ciencias Jurídicas Martha Prieto Valdés, en un artículo publicado en Cuadernos Manuel Giménez Abad.

 Precisó la Profesora Titular de la Universidad de La Habana que hay cambios, no obstante, la estructura superior del poder conserva el legislativo unicameral, con superioridad sobre los restantes órganos y un diseño político unipartidista.

 En la búsqueda de un mayor equilibrio, estas transformaciones contemplan una distribución de las funciones depositadas en los cargos principales del Estado, pero no de poderes, porque un principio intrínseco del sistema social cubano es la unidad de poder, “entendido como unidad de acción política”.

 Muestra de la reformulación efectuada es que, a partir de la sesión extraordinaria del Parlamento –convocada para el jueves 10 de octubre–, “el Consejo de Estado será solo el ente colegiado permanente de la Asamblea Nacional, con identidad también en la presidencia de ambos órganos».

 “Y tiene lógica que exista un núcleo representativo permanente –conformado por 21 miembros–, en especial si se mantiene el legislativo con la inmensa cantidad de integrantes como tiene hoy”, reflexionó Prieto Valdés.

 La nueva Constitución de la República entró en vigor el 10 de abril de 2019. En sus disposiciones transitorias fijó las pautas para la restructuración. Desde entonces, los plazos se han cumplido.

 Tras la aprobación de la Ley Electoral, en un período de tres meses, la ANPP debía elegir  “de entre sus diputados” –599 actualmente– a su presidente, vicepresidente y secretario, a los demás (18) miembros del Consejo de Estado, así como al Presidente y Vicepresidente de la República. Tal cual sucederá en apenas seis días.

 “Asimismo, se restaurará el cargo de Presidente de República, pero electo por la propia Asamblea de su seno, acompañado de un vicepresidente; por lo que para ostentar el cargo previamente debe haber sido electo como diputado, mediante voto popular directo en uno de los municipios del territorio nacional”, argumentó la Doctora.

 La nueva distribución de “las capacidades decisorias diferencia la representación del Estado del Jefe de Gobierno, un Primer Ministro”, que será designado posteriormente por la ANPP a propuesta del Presidente de la República.

 El legislativo, órgano supremo de poder del Estado, “conserva el control de las decisiones de ambos titulares, lo cual será en la medida en que la Asamblea se fortalezca en cuanto a su membresía y gane permanencia”, dijo la constitucionalista cubana.

 Es significativo que, después de 40 años, se retome la figura del Presidente de la República. El Jefe de Estado cubano no se prevé “como un armonizador de funciones”, sino que “las competencias que tiene atribuidas hacen pensar en una figura central con bastante fortaleza”, que desde el 11 de marzo de 2019 cuenta como diputado con el respaldo público de sus electores tras los comicios generales.

 Este 10 de octubre, el Presidente y Vicepresidente de la República iniciarán su primer período de mandato, de los dos posibles que regula la Carta Magna.

 Estos, y otros cambios venideros, responden a la necesidad de propiciar un mejor funcionamiento de todos los órganos estatales y administrativos en todo el país. El principio de que en Cuba hay un solo poder, el Poder Popular, permanecerá inalterable.