Establecen, provisionalmente, cambios en la comercialización de los productos de la pesca comercial no estatal

Pescadores

La Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición No. 104 Ordinaria de 2022, publicada recientemente, contiene la Resolución 52 que establece, provisionalmente, cambios en la comercialización de los productos provenientes de la pesca comercial no estatal.

Esta normativa modifica de manera excepcional y experimental, el Artículo 8.1 de la Resolución 17, y elimina el requisito previo para el otorgamiento de la Licencia de pesca comercial no estatal, de tener concertado contrato con una entidad autorizada para la comercialización de sus productos.

Dispone, además, que la Oficina Nacional de Inspección Estatal inicie un proceso de venta de las nuevas licencias de pesca, a partir de la entrada en vigor de la presente disposición.

Asimismo, autoriza a realizar la comercialización de las capturas de acuerdo con las decisiones que al respecto adopten los gobiernos locales, y establece que las especies autorizadas a capturar son peces, túnidos, ostiones, almejas, jaibas y camarones marinos, en este caso, fuera de las lagunas costeras, en aguas de la plataforma insular.