Elecciones en Cuba
Instituidas las 168 asambleas municipales del Poder Popular en Cuba
Este domingo quedaron constituidas las 168 asambleas municipales del Poder Popular en toda Cuba, a partir del artículo No. 126 de la Ley Electoral, el cual establece que en la fecha fijada por el Consejo de Estado, dentro del término de 21 días siguientes a la elección de todos los delegados, estos se reúnan por derecho propio, provistos de sus respectivos certificados de elección, para constituir la Asamblea y elegir mediante el voto secreto a su presidente y vicepresidente.