Bloqueo a Cuba: Más que un obstáculo económico

Justo en la medianoche del 7 de febrero de 1962, luego de que John F. Kennedy firmara el decreto presidencial 3447, comenzó, era en el diferendo Estados Unidos-Cuba.

Vistos los acontecimientos a lo largo de la historia, un año antes otro presidente estadounidense, Dwight D. Eisenhower, habría considerado que aquello de derrocar al nuevo gobierno cubano, a través de presiones económicas, sería cuestión de tiempo. El 19 de octubre de 1960 probó con un bloqueo parcial, pero no bastó, por eso el 3 de enero de 1961 fue más allá y rompió las relaciones diplomáticas con la Isla. En 57 años el cerco económico, extendido a todas las áreas mercantiles, financieras y políticas, constituye poco más que una obsesión.

En tanto que el móvil que desataba tan larga política de guerra, a veces no tan encubierta, era el castigo al proyecto social que incluía el desmontaje del estatus neocolonial instaurado tras la intervención militar norteamericana de 1898.

Y en ese intento por pulsear con Fidel Castro, ya se sabe, han pasado más de una decena de gobernantes por la Casa Blanca, mas la mirada especializada del sector jurídico cubano, en sus análisis sobre el diferendo, hace particular precisión en relación con el período encabezado por el demócrata Bill Clinton.

Este, en 1996, promulgó la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, nada menos que la conocida como Ley Helms-Burton, la cual codificó todas las normas, regulaciones, leyes y órdenes presidenciales adoptadas desde 1962 en cuanto al bloqueo económico financiero y comercial impuesto a Cuba, sin importar su jerarquía normativa.

La iniciativa legislativa, que deambulaba hacía ya meses por diferentes tribunas del Congreso, halló un camino expedito bajo la excusa de dar respuesta a la decisión cubana de no permitir las reiteradas violaciones del espacio aéreo por parte de la agrupación Hermanos al Rescate.

En aguas territoriales de Cuba, el 24 de febrero de 1996, fueron derribados dos aviones del grupo dirigido por José Basulto, un personaje que reconocía haber sido entrenado por Estados Unidos en el uso de la violencia.

Toda la legislación en materia de “embargo”, como eufemísticamente le llaman, era elevada a rango de ley y las facultades que le habían sido encomendadas al Presidente de la mayor potencia del mundo, en la legislación identificada como de Ayuda Exterior para enmendar o dejar sin efecto todas las disposiciones legislativas referidas al bloqueo, pasaban de esa forma al Congreso.

Aunque, con una u otra intención, el gobernante de turno pretenda realizar algún cambio en la política hacia Cuba, como lo hizo Barack Obama en su segundo mandato, la posibilidad real que a estos les queda es la de modificar o ir vaciando el entramado legal.

Existen cuatro aspectos básicos en los que el mandatario no puede actuar, pues requieren la acción congresional. Vetada le queda la prohibición a subsidiarias de Estados Unidos en terceros países a comerciar bienes con Cuba, recogida en la Ley para la Democracia Cubana de 1992 (más conocida como Ley Torricelli); también, la imposibilidad de realizar transacciones con propiedades norteamericanas que fueron nacionalizadas, lo cual está prohibido por la Helms-Burton.

Otras negativas les están incluidas en la Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones de 2000, que impide a los ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba con fines turísticos y, además, la que obliga al gobierno cubano a pagar en efectivo, y por adelantado, por las compras de productos agrícolas en Estados Unidos.

De tal suerte, el bloqueo, no embargo, que roza ya las seis décadas, no solo entraña privaciones en el orden económico, financiero y comercial; es, asimismo, un entramado jurídico difícil de salvar, aun cuando existiera la voluntad para hacerlo, algo que en demasía le va faltando al actual gobierno de Donald Trump.

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